La medida (cuyos alcances se enumeran en la Resolución anexa) se fundamentan en razones epidemiológicas y de protección de la salud colectiva, con carácter preventivo, excepcional y temporario.
La vigilancia epidemiológica en Lamarque y Luis Beltrán durante la actual emergencia, en concordancia con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación, en coordinación con este Ministerio, determinan que deban adoptarse medidas preventivas, excepcionales y temporarias, a los fines de mitigar los posibles contagios del virus COVID-19.
Que en función de ello, desde esta autoridad sanitaria se dispuso la implementación de un cordón sanitario en esas localidades, debiendo aplicarse medidas restrictivas extraordinarias.