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COVID-19

Trabajo dispone condiciones y elementos sanitarios para el personal doméstico en la provincia

Con el propósito de cuidar la salud de las trabajadoras y trabajadores de casas particulares, la cartera laboral dispuso medidas sanitarias que los empleadores deberán cumplimentar para el desarrollo de la actividad.

Fecha: 6 de mayo de 2020

En este marco, a partir del Decreto Provincial 365 que habilita nuevos rubros en 30 municipios de la provincia, la Secretaría de Trabajo dispuso un marco de acondicionamiento y provisión de elementos para el personal doméstico que comenzará a desarrollar tareas.

Asimismo, como se dispuso días atrás, los empleadores deberán remitir las correspondientes Declaraciones Juradas y protocolos sanitarios al e-mail: fiscalizacionsumariosymultasrn@gmail.com

De este modo, previo al inicio de las actividades:

- El empleador/a deberá disponer un sector al empleado en el cual pueda higienizarse las manos con agua y jabón, y proceda al cambio de ropa y calzado.

- En caso de no asignar calzado al trabajador/a, el empleador deberá disponer de una superficie humedecida a base de agua y lavandina dentro de un recipiente para que el trabajador/a pueda desinfectar el calzado al ingreso de la vivienda.

- El empleador deberá asignar a cada trabajador/a ropa de trabajo y elementos de protección personal para el desarrollo de las tareas: delantal o chaqueta mangas largas de fácil lavado, guantes de látex no descartables, barbijos o tapaboca y protección ocular (mascarillas faciales), las cuales serán de uso individual.

- La trabajadora/or deberá poseer en todo momento el certificado de circulación en la vía pública y Declaración Jurada (www.rionegro.gov.ar).

- Se deberá proveer a la trabajadora de insumos de limpieza para la desinfección de las instalaciones, como así también de insumos destinados a la higiene corporal (alcohol en gel).     

En caso de que los empleadores no den cumplimiento a las medidas de prevención para el COVID-19, establecidos a nivel Nacional, Provincial o Municipal, el trabajador/a deberá notificar las irregularidades a la Delegación Zonal de Trabajo más cercana; quedando exceptuado de asistir a su trabajo con goce íntegro de su salario si así correspondiere.

Por último, aquel trabajador/a que se encuentre en uno o más grupos de riesgos y/o tuviese a su cuidado hijos menores, se encuentra expresamente exceptuado de concurrir a su puesto de trabajo sin perjuicio de su remuneración. 

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