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General Roca: se extienden las restricciones hasta el 31 de julio

Las medidas dispuestas en el marco del COVID-19 en General Roca se prorrogan desde las 00 del 25 de julio hasta las 24 del 31 de julio.

Fecha: 24 de julio de 2020

La ciudad del Alto Valle entró en la fase de distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO) con algunas restricciones el pasado 18 de julio. Mediente el Decreto Nº 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional y sus disposiciones complementarias, con la Resolución Nº 4236 del Ministerio de Salud provincial se dispuso la extencion de dichas medidas.

Las medidas
Seguirá prohibido la realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole. También continuarán cerrados los cines, teatros, clubes y centros culturales.

Tampoco se podrá realizar la práctica de algún deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes.

Seguirá sin funcionar el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados.

Tanto en Roca, como en Cervantes e Ingeniero Huego, no se podrán abrir bares, confiterías y restaurantes.

Además, no está permitida la circulación de las personas comprendidas en el Departamento General Roca y por fuera de sus límites, salvo que posean el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 que los habilite.

En cuanto a la apertura de gimnasios, podrán abrir sus puertas de lunes a sábado entre las 8 y las 19, sujeto al cumplimiento del protocolo sanitario aprobado por Resolución Nº 3017/20 del Ministerio.

En tanto, las actividades deportivas al aire libre –entre las que se incluye andar en bicicleta con el mismo fin- se podrán desarrollar de lunes a sábado entre las 8 y las 19 sujeto al cumplimiento del protocolo sanitario aprobado por Resolución N° 3018/20 del Ministerio, y específicamente el detallado en fase 1.

Por su parte, las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, deberán respetar los siguientes horarios de realización: comercio esencial: entre las 8 y las 20; comercio no esencial: entre las 9 y las 19.

Todas las personas deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

De esta forma, toda la provincia de Río Negro se encuentra en la instancia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

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