Las nuevas medidas dispuestas, que regirán desde las 00,00 del 3 de agosto hasta las 24,00 del 16 de agosto inclusive son:
• La totalidad de los comercios, cualquiera sea el rubro, deberán permanecer cerrados los días domingo, debiendo sus titulares utilizar dicha jornada para realizar una completa desinfección de los mismos.
• La circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 6 y las 19 de lunes a sábado. Están exceptuado de esta restricción el personal considerado ESENCIAL (especificado en el Decreto 297/20 de Poder Ejecutivo Nacional.
• En los horarios establecidos, sólo podrán circular los días lunes, miércoles y viernes, aquellos ciudadanos cuyo DNI finalice en número par, en tanto que aquellos que terminan en número impar sólo podrán hacerlo los días martes, jueves y sábado. Los domingos no podrá existir circulación de vehículos y personas.
• Queda prohibida la realización de eventos o reuniones en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole sin distinción de cantidad de concurrentes.
• La actividad de los comercios esenciales deberá realizarse entre las 8 y las 19 horas.
• Comercios no esenciales y actividades de servicio podrán funcionar entre las 9 y 19 horas.
• Restoranes, bares, cafés y establecimientos similares, en aquellas localidades que posean habilitación al efecto, podrán realizar su actividad entre las 9 y 19 horas.
• Los Intendentes y Comisionados de Fomento serán los encargados de la fiscalización y supervisión del cumplimiento de las restricciones de circulación.
La medida, dispuesta mediante la Resolución Nº 4388/2020 del Ministerio de Salud, alcanza a las ciudades de San Carlos de Bariloche, General Roca, Catriel, Campo Grande, Barda del Medio, Contralmirante Cordero, Cinco Saltos, Cipolletti, Fernández Oro, Allen, Cervantes, Mainqué, Ingeniero Huergo, General E. Godoy, Villa Regina y Chichinales, y a Comisión de Fomento de Peñas Blancas.