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A partir de hoy, se suspenden las reuniones sociales o familiares

A través del DNU 641 la Nación prohibió por dos semanas las reuniones sociales en todo el territorio, incluso en provincias y municipios que se encuentran en fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).

Fecha: 3 de agosto de 2020

Esta medida, de cumplimiento obligatorio en todo el país, se adoptó con el objetivo de controlar y disminuir la circulación de personas, para minimizar la posibilidad de contagio del Coronavirus COVID-19. Rige desde hoy y hasta el 16 de agosto, inclusive.

En su artículo 9º, el DNU prohíbe la realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas. Los mismos deberán realizarse, preferentemente, en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a dos metros, y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico al control del cumplimiento de estas normas.

Además, prohíbe los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente.

La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.

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