Situación Jurídica
- El Decreto Nº 1840 declara Reserva de Usos Múltiples la Caleta de los Loros, Pozo Salado y Punta Mejillón.
- La Ley Provincial N° 3222/98 crea el Área Protegida del mismo nombre.
- Los límites están determinados por la Ley Provincial N° 2032/85, que declara el Territorio de Utilidad Pública Sujeto a Expropiación.
- Decreto de categorización en trámite.
Localización Costa Atlántica de la provincia de Río Negro, Departamento Adolfo Alsina.
Superficie Total 9.084 ha Terrestre 4.320 ha
Valores de Conservación
Objetivos Generales Asegurar la conservación del sector de costa frente a las acciones del hombre para conciliar la dinámica natural con la actividad humana.
Objetivos Particulares Dar un refugio apropiado a las poblaciones de lobos marinos que habitan en el Golfo San Matías. Ordenar el asentamiento turístico instalado de hecho y controlar su crecimiento dadas las limitaciones de infraestructura y la escasez de agua. Regular la utilización de los recursos costeros tales como moluscos, algas etc. Desarrollar un área experimental de cultivo de moluscos, en virtud de la alta potencialidad del área seleccionada para tal uso, que permita luego extender la experiencia a la región. Brindar un ámbito apropiado para actividades de educación ambiental orientadas hacia el desarrollo de actividades de conservación.
Categorización Se ha propuesto para esta Unidad de Conservación en el marco de la Ley N° 2669.
- Categoría VIII- Reserva de Usos Múltiples
- Categoría equivalente Según U.I.C.N.
- Categoría VI - Área Protegida de Recursos Manejados
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